Memorandum 090-2025

25 de Junio

 

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES

PERSONAS HUMANAS Y SUCESIONES INDIVISAS. VENCIMIENTOS DE PRESENTACIÓN Y PAGO 2024. PRORROGA

ARCA prorroga el vencimiento para la presentación y pago de la declaración jurada de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de personas humanas y sucesiones indivisas, correspondientes al periodo fiscal 2024.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General N° 5715 (B. O. 24/06/2025), establece lo siguiente:
Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago del saldo resultante de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2024, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas (Resoluciones Generales Nros. 5.692 y 2.151, sus modificatorias y complementarias), podrán cumplirse excepcionalmente hasta el 26 de junio de 2025, inclusive.
Vigencia: 23/06/2025

 

 

REGÍMENES ESPECIALES

REGISTRO DE EMPRESAS MIPYMES. COOPERATIVAS. RÉGIMEN DE INSCRIPCIÓN. MODIFICACIONES

La Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, establece que, para verificar la inscripción en el Registro de Empresas MIPYMES de los miembros o integrantes de cooperativas, se considerará la nómina de integrantes que surja de la información presentada en el Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales dependiente del INAES.

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, a través de la Resolución N° 124 (B.O. 24/06/2025), establece lo siguiente:
Las formas jurídicas asociativas contempladas (punto 1) del artículo 10 del Anexo I de la Resolución Nº 220/2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificaciones) deberán informar mediante declaración jurada los datos relativos a sus miembros o integrantes, a través de la plataforma que a esos fines se fijará en la página web del Registro de Empresas MiPyMEs o a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Cabe destacar que para aquellos sujetos contemplados (punto 2) del Artículo 10), se considerará la nómina de los integrantes que surja de la información presentada en el Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES). Ello a fin de verificar la inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs de los miembros o integrantes de acuerdo a lo establecido en la presente norma. Al momento de la solicitud de la inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs, se verificará que la última presentación en el Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales se haya efectuado en tiempo y forma de conformidad con lo establecido (Resolución N° 756/25 del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)).
Vigencia: 24/06/2025
Aplicación: para las solicitudes de inscripción al Registro de Empresas MiPyMEs efectuadas a partir del 1° de junio de 2025.

 

 

SEGURIDAD SOCIAL

RIESGOS DEL TRABAJO – ACTUALIZACIÓN MONTO SUMA FIJA FONDO FIDUCIARIO ENFERMEDADES PROFESIONALES

Se actualiza la suma con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), que abonan los empleadores del régimen general.

La Gerencia de Control Prestacional de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, mediante la Disposición (GCP) 6/2025 (B.O. 24/06/2025), establece la actualización del valor mensual del monto a ingresar por parte los empleadores del Régimen General (Unidades Productivas). Por lo expuesto, el mismo será de pesos mil trescientos noventa y cuatro ($1.394,00) para el devengado del mes de junio de 2025.
Por lo tanto, la nueva suma determinada en el artículo precedente se abonará a partir del mes de julio del año 2025.

Vigencia: 24/06/2025
Aplicación: a partir del 01/07/2025

 

 

 

ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.