Memorandum 85-2021

30 de Junio

PROCEDIMIENTO FISCAL

 

EMPRESAS BENEFICIARIAS DE REGÍMENES DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL. PRORROGA SUSPENSIÓN DE EJECUCIONES FISCALES

Mediante la Resolución General N° 5021 (B.O. 30/6/2021) AFIP prorroga hasta el 30/6/2022 el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas susceptibles de condonación que deben ser verificadas, en el marco del régimen de promoción industrial (Ley 22021).
Recordamos que la ley de presupuesto del año 2017, en su artículo 79, dispuso la condonación de las deudas de empresas beneficiarias del citado régimen de promoción industrial, generadas hasta el período fiscal 2015, originadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, que hubieran sido acreditadas en el marco de un proceso judicial cuyo resultado finalmente haya sido adverso a las beneficiarias del citado régimen, en la medida en que dichas empresas hubieran cumplido con las obligaciones previstas en su acto particular de concesión de beneficios.
En consecuencia la resolución dispone:
-Prorrogar hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas mencionadas en el primer párrafo del artículo 116 bis de la Ley N° 11.672, complementaria permanente de presupuesto (t.o. 2014) y sus modificaciones, incorporado por el artículo 79 de la Ley N° 27.431 y su modificación, que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Vigencia: 30/6/2021
Aplicación: 1/7/2021